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Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

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Colegio Público de Abogados de la Capital Federal

Foto de portada
Servicio Sede Horarios Teléfonos
Actividades Académicas Corrientes 1455, 1º piso 9.30 a 17.30 horas 4379-8700 int. 453/454
Actualizaciones Corrientes 1441, entrepiso 7.30 a 13.30 horas 4379-8700 int. 159
Asesoramiento Jurídico en temas de Defensa del Abogado Corrientes 1455, 1º piso Martes de 15.30 a 16.00 horas y miércoles de 14.00 a 15.00 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Asesoramiento Jurídico en temas de Discapacidad Corrientes 1455, 1º piso 2º y 4º lunes, de 17.30 a 18.30 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Asesoramiento Jurídico en temas de Honorarios y Aranceles Corrientes 1455, 1º piso Martes, de 14.30 a 15.30 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Asesoramiento Jurídico en temas de Mediación Corrientes 1455, 1º piso Lunes, de 11.00 a 13.00 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Asesoramiento Jurídico en temas de Previsión Social Corrientes 1455,1º piso Según turno asignado 4379-8700 int. 457/458/459
Asesoramiento Jurídico General Corrientes 1441, 5º piso Todos los martes, a partir de las 14.00 horas
Atención de proveedores Corrientes 1441, 3º piso 10.00 a 13.00 horas 4379-8700 int. 179
Banco Ciudad Corrientes 1441, planta baja Operatoria judicial: 8.30 a 15.00 horas Operatoria comercial: 8.30 a 13.30 horas Cobro de impuestos y servicios (únicamente a clientes por débito en cuenta): 8.30 a 15.00 horas 4372-5043
Biblioteca Corrientes 1441, subsuelo 7.30 a 16.45 horas 4379-8700 int. 139/140
Boletín Oficial Corrientes 1441, entrepiso 10.00 a 15.45 horas 4379-8700 int. 236
Cajas Corrientes 1441, planta baja/entrepiso/5º piso 7.30 a 16.00 horas 4379-8700 int. 110
Centro de Mediación Corrientes 1455, planta baja (2º cuerpo) 7.30 a 16.30 horas 4379-8700 int. 419
Certificados y legalizaciones Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas (urgentes hasta 14:00 hs) 4379-8700 int. 228
Colegio de Abogados de Lomas de Zamora Corrientes 1441, entrepiso 9.00 a 14.00 horas 4379-8700 int.155
Colegio de Abogados de La Matanza Corrientes 1441, entrepiso 10.00 a 15.00 horas 4379-8700 int.156
Colegio de Abogados de Morón Corrientes 1441, entrepiso 8.00 a 14.00 horas 4379-8700 int. 157
Colegio Salud Corrientes 1441, planta baja 10.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 120
Colegionline
Confitería Corrientes 1441, 1º piso 7.30 a 20.00 horas 4379-8700 int. 167
Consultorio Jurídico Gratuito Uruguay 412, 2º piso 8.30 a 16.00 horas Entrega de números: 8.30 horas 4379-8700 int.249
Correo Argentino Corrientes 1441, planta baja 9.00 a 15.00 horas 4372-3828
Cuenta de correo electrónico dominio @cpacf.org.ar
Deudas de Matrículas Corrientes 1455, 3º piso 8.00 a 16.45 horas 4379-8700 int. 465/466/467
Escuela de Mediación Juncal 931 9.00 a 18.00 horas 4379-8700 int. 567/568
Escuela de Posgrado Juncal 931 9.00 a 18.00 horas 4379-8700 int. 553
Fotocopias Corrientes 1441, subsuelo 7.30 a 17.00 horas
Inspección General de Justicia – IGJ Corrientes 1441, entrepiso 9.30 a 14.00 horas no atiende consultas telefónicas
Institutos y Comisiones Corrientes 1455, 1º piso 9.30 a 18.00 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Jardín Maternal Uruguay 412, 1º piso 9.00 a 18.00 horas 4379-8700 int. 247
Licencias de Conducir Corrientes 1455, 4º piso 9.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 424
Mesa de Entradas del Tribunal de Disciplina Uruguay 412, 2º piso 9.00 a 18.00 horas 4379-8700 int. 253
Mesa de Entradas General Corrientes 1441, planta baja 7.30 a 16.30 horas 4379-8700 int. 122
Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires Corrientes 1441, planta baja 8.30 a 16.00 horas 4379-8700 int. 145
Notificación Electrónica (CSJN) Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 227/228
Páginas Web 6040-1111
Pagos Telefónicos Corrientes 1441, 3º piso 8.00 a 18.00 horas 4379-8700, opción 9
Préstamos para matriculados Corrientes 1455, 1º piso 9.00 a 18.00 horas 4379-8700 int. 457/458/459
Programa de Beneficios Corrientes 1441, 3º piso 9.00 a 17.00 horas 4379-8700 int. 169
PROPAQUE -Programa de Patrocinio de Querellas Uruguay 412, 2º piso 9.00 a 15.00 horas 4379-8700. int. 251
Quantum
Rapipago Corrientes 1441, entrepiso 8.30 a 15.30 horas 4379-8700 int. 128
Receptoría de Sobres Corrientes 1441, planta baja 7.30 a 17.00 horas 4379-8700 int. 117
Registro Civil Corrientes 1441, entrepiso 8.00 a 14.30 horas (Solicitud) y de 8.00 a 16.30 horas (Retiro) 4379-8700 int. 116
Registro de Abogados Administradores de Consorcio Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 228
Registro de Abogados Amigos de los Niños Uruguay 412, 2º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 259
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (GCBA) Corrientes 1441, entrepiso 8.00 a 14,00 horas 4379-8700 int, 123
Registro de Instrumentos Privados y Testamentos Ológrafos Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 228
Registro de la Propiedad Automotor Corrientes 1441, entrepiso 8.30 a 15.00 horas 4379-8700 int. 124
Registro de la Propiedad Inmueble Corrientes 1441 8.30 a 15.00 horas 4379-8700 int. 125
Registro de Oportunidades Profesionales Corrientes 1441, 3º piso 10.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 182
Registro Nacional de Reincidencia Corrientes 1441, entrepiso 9.30 a 15.30 horas 4373-3429
RENAPER – Registro Nacional de las Personas Corrientes 1441, subsuelo 7.30 a 16.30 horas 4379-8700. int. 151
Registro Nacional de Armas – RENAR Corrientes 1441, 5º piso Lunes, miércoles y viernes, de 10.00 a 15.00 horas 4379-8700 int. 233
Registro Público de Administradores de Consorcios (GCBA) Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 27/228
Rentas de la Ciudad de Buenos Aires – AGIP Corrientes 1441, entrepiso 9.30 a 15.00 horas 4379-8700 int. 149
Restaurant Corrientes 1441, 2º piso 12.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 166
Revista Abogados
Sala de Lectura Electrónica Corrientes 1441, subsuelo 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 136/139
Sala de Profesionales Corrientes 1441, entrepiso 7.30 a 16.45 horas 4379-8700 int. 159
Sala de Profesionales Alsina 665 Alsina 665, planta baja 8.30 a 16.30 horas 4370-4289
Sala de Profesionales ANSeS Paraná 451 9.00 a 14.00 horas
Sala de Profesionales Comodoro Py 2002 Comodoro Py 2002, planta baja 7.30 a 13.30 horas 4032-7211 int. 7708
Sala de Profesionales Diagonal Norte 1211 Av. R. Saenz Peña 1211, 1º piso 7.30 a 13.30 horas 4382-8658
Sala de Profesionales Diagonal Norte 636 Av. R. Saenz Peña 636, planta baja 9.00 a 15.00 horas 4346-1100
Sala de Profesionales Diagonal Norte 760 Av. R. Saenz Peña 760, planta baja 7.30 a 13.30 horas 4382-3664
Sala de Profesionales Inmigrantes 1950 Av. De los Inmigrantes 1950, 1º piso 7.30 a 13.30 horas 4313-4550
Sala de Profesionales M.T. de Alvear 1840 M.T. de Alvear 1840, 1º piso 7.30 a 13.30 horas 4811-6946
Sala de Profesionales Viamonte 1151 Viamonte 1151, planta baja 7.30 a 13.30 horas
Sistema de Padrinazgo-Madrinazgo Profesional Corrientes 1441, 5º piso 8.00 a 16.00 horas 4379-8700 int. 228
Turismo Corrientes 1441, entrepiso 9.00 a 14.30 horas 4379-8700 int. 118/119
Area Legal Abogados  Belgrano 4202 Piso 3 Of. D 3534-9688

Consultorio Jurídico gratuito

Las consultas deben ser personales: no se evacúan ni por teléfono, ni por correo electrónico.

ASESORAMIENTO Y PATROCINIO EN CIVIL

Entrega de números de lunes a viernes a las 8.30.

Casos de familia: violencia, tenencia, guarda, alimentos, régimes de visitas, etc. Locaciones.
La atención profesional comienza a partir de las 10.
Sólo se atiende a personas carentes de recursos que hayan obtenido número y que se encuentren en condición de ser asistidas jurídicamente según la normativa del Consultorio.

SÓLO ASESORAMIENTO

PENAL:
Entrega de números martes y jueves a las 13
.

La atención profesional comienza a partir de las 14.
Sólo se atiende a personas carentes de recursos que hayan obtenido número y que se encuentren en condición de ser asistidas jurídicamente según la normativa del Consultorio.

PREVISIONAL
Entrega de números: miércoles a las 13 (no se asesora sobre reajuste de haberes).
La atención profesional comienza a partir de las 14.
Sólo se atiende a personas carentes de recursos que hayan obtenido número y que se encuentren en condición de ser asistidas jurídicamente según la normativa del Consultorio.

NO SE ATIENDEN: temas laborales, comerciales, mala praxis, daños y perjuicios, sucesiones, reajuste de haberes, divorcios contradictorios, consultas sobre honorarios profesionales y actuación de abogados. No se atienden temas urgentes.

REGLAMENTO DEL CONSULTORIO JURÍDICO GRATUITO

Con las modificaciones aprobadas por el Consejo Directivo en la sesión del 18.05.00
TITULO I
Art. 1 : El Consultorio Jurídico Gratuito de este Colegio ha sido creado de acuerdo con lo dispuesto por los arts. 55, 56 y  57 de la Ley 23.187.
Art. 2 : Funciona en dependencia directa del Consejo Directivo y en el lugar que a tal efecto le sea destinado.
Art. 3 : Su misión es brindar en el ámbito de la Capital Federal, asesoramiento gratuito para aquellas personas carentes de  recursos que lo solicitaren y además tiene a su cargo la organización de su patrocinio en juicio, mediante el concurso de   los matriculados.
Art. 4 : El servicio de asesoramiento es prestado por los abogados que voluntaria y gratuitamente se ofrezcan para ello. Cuando resulte necesario el patrocinio o la representación ante los Tribunales, esta tarea será encomendada a los abogados de la matrícula que al efecto resulten sorteados, según se establece más adelante.
TITULO II
Autoridades e Integrantes.
Art. 5 : Sin perjuicio de la dependencia del Consejo Directivo, el Consultorio está a cargo de un jefe, que será asistido por   dos Coordinadores. Estos tres cargos serán designados por el Consejo Directivo y desempeñados «ad-honorem». La función de estas autoridades se extiende a la organización y supervisión de todos los aspectos jurídicos, quedando las funciones administrativas a cargo de las autoridades del Colegio que disponga el Consejo. El Consejo Directivo deberá asignar además, los empleados o profesionales rentados, ya fueren abogados, asistentes sociales, empleados y medios materiales que resultaren necesarios para el correcto funcionamiento. Los Coordinadores reemplazarán al Jefe, quedando facultados con sus mismas atribuciones cuando deban sustituirlo.
Art. 6 : Los abogados que voluntariamente se ofrezcan para trabajar gratuitamente en el Consultorio deberán presentar una solicitud de ingreso, en la que constarán todos los datos personales y antecedentes profesionales. Las autoridades del Consultorio informarán cada caso y lo elevarán al Consejo Directivo para considerar la aceptación de los interesados como abogados adjuntos, por el término de seis meses en los que actuarán siempre junto a los abogados asesores. Transcurrido dicho plazo, las autoridades del Consultorio elevarán un nuevo informe al Consejo Directivo en el que harán saber si el interesado cubre las expectativas y necesidades del Consultorio, a los efectos de su aceptación como abogado asesor. El jefe del Consultorio está facultado para solicitar, por escrito fundado al Consejo Directivo, la desvinculación de losabogados bajo su dependencia.
TITULO III
Personas que pueden ser asistidas o patrocinadas por el Consultorio.
Art. 7 : En términos generales, sólo se podrá brindar el servicio a personas carentes de recursos.
Este es un concepto que queda al arbitrio de los profesionales que atiendan cada caso y que en última instancia será resuelto por el Jefe o los Coordinadores. No existen normas ni pautas que limiten la actuación del Consultorio, debiendo entenderse que, en definitiva, serán atendidas, solamente personas físicas que carezcan de los medios económicos   necesarios para contratar los servicios de un profesional rentado. En todos los casos deberán extremarse los recaudos  tendientes a evitar la atención de personas que pudieran contar con medios suficientes para  valerse por sí mismos y del mismo modo, deberá prevenirse la posibilidad de restar o interferir el  trabajo de los abogados de la matrícula. También se atenderá a personas carentes de recursos cuando efectúen reclamos o pidan intervención del Consultorio en asuntos que no superen los  10.000 pesos en concepto de capital. Los letrados a quienes se les derive la atención de estos casos no podrán celebrar pactos de honorarios de ningún tipo con las personas cuya atención se les haya derivado. El hecho de ser  propietario de un único inmueble destinado a vivienda personal y cuya valuación real no supere los 40.000 pesos no
impide su atención por parte del Consultorio de comprobarse que es persona carente de recursos.
Gratuidad del Servicio.
Art. 8 : Se considerará falta grave, que será denunciada al Tribunal de Disciplina, el cobro por parte de los integrantes de la Comisión, de cualquier importe a los consultantes.
TITULO IV
Materias de Incumbencia del Consultorio.
Art. 9 : 1) En casos de familia, cuyo contenido patrimonial no supere los 10.000 pesos o donde se cuestione un único inmueble destinado a vivienda y cuya valuación real no supere los 40.000 pesos;
2) Contratos de locación, desalojos o cuestiones conexas;
3) Se atenderán casos civiles y penales de personas que carezcan de toda posibilidad de contratar abogado. Los casos dudosos deberán ser previamente consultados con el Jefe o los Coordinadores.
4) Sucesiones, cuando se trate de obtener, exclusivamente, declaratorias para recibir beneficios previsionales y no existan otros bienes;
5) No se atenderán asuntos laborales.
TITULO V
Obligaciones que asumen los Consultores.
Art. 10: Los profesionales deben tener presente, que los consultantes, son personas carentes de recursos o en situaciones personales o familiares graves o en estados mentales alterados o con escaso nivel cultural. Por ello deben siempre ser a
tendidos con la mayor cordialidad y comprensión posibles. Se les deben explicar los derechos que los asisten, haciéndoles saber que solamente se defenderá la verdad y que no se enviarán a patrocinio jurídico los casos que se consideren perdidos o contrarios a principios de ética. Es también obligación de los consultores, extremar todos los recaudos y medidas tendiente a obtener conciliaciones y arreglos extrajudiciales, a cuyo efecto podrán citar a las partes contrarias, dando cuenta, previamente, al jefe o a los Coordinadores.
TITULO VI
Misiones a cargo del Consultorio.
Art. 11: En primer lugar, deberá cumplir lo dispuesto por el art. 3º del presente y en segundo término, tenderá a promover la formación práctica en el ejercicio profesional de los abogados noveles que se inscriban. A tal efecto, las autoridades del Consultorio, organizarán equipos, conducidos por abogados que acrediten experiencia suficiente y de los cuales dependerán, los que carezcan de ella. Estos jefes de equipo se responsabilizarán por la actuación de los apadrinados y a su vez, informarán y rendirán cuentas a las autoridades del Consultorio.
Organización interna del Consultorio.
Art. 12: Sus autoridades dictarán un reglamento de organización interna, en el que constarán todos los detalles de funcionamiento.
TITULO VII
Patrocinio y Representación Jurídicos.
Art. 13: Aquellos casos que requieran actuación judicial a criterio del abogado que atienda la consulta, serán remitidos con sus antecedentes al Jefe del Consultorio, o quien lo reemplace, el que decidirá en definitiva el curso de acción a seguir.
Art. 14: El patrocinio y representación serán ejercidos por abogados inscriptos en el Colegio, designados para cada caso por el Jefe del Consultorio. La Oficina de Matrícula confeccionará y enviará al Consultorio, en forma regular y periódica, las listas de matriculados. Deberán ser incluidos, paulatinamente, todos los abogados inscriptos y en condiciones de ejercer.
Art. 15: Cuando un letrado haya sido designado para representar o patrocinar un caso, no le será asignado otro, hasta que se hubiera completado la totalidad de la lista.
Art. 16: Las asignaciones serán notificadas a los abogados por medio fehaciente y en sus domicilios profesionales registrados en el Colegio.
Los letrados deberán concurrir al Consultorio dentro de los cinco días de notificados, para tomar el caso y retirar los antecedentes. A partir de entonces, asumirán en plenitud todas las facultades inherentes a su condición de abogados patrocinantes, sin perjuicio de los informes que eventualmente les requiera el Consultorio sobre el estado de los trámites. El abogado designado decidirá si actúa como letrado patrocinante o mediante apoderamiento.
Art. 17: El abogado asume él deber de informar al Consultorio toda novedad que a su juicio sea de importancia, relativa al caso a su cargo. Terminada su actuación presentará un informe final que deberá incluir el resultado alcanzado.
Art. 18: El abogado designado podrá excusarse de intervenir por razones atendibles a juicio de las autoridades del Consultorio. En tal supuesto se asignará el caso al siguiente letrado por orden de lista incluyéndose al excusado en sustitución del abogado designado en su lugar, para el turno inmediato siguiente.
Art. 19: Cuado el impedimento fuera relativo a situaciones personales de carácter temporal, justificadas, se le eliminará de las listas por el lapso necesario, reintegrándosele una vez vencido el plazo acordado.
Art. 20: La gratuidad del servicio, que obligatoriamente se debe guardar hacia el patrocinado o representado, no impedirá al letrado percibir honorarios a cargo de la parte contraria, siempre que fuesen regulados judicialmente.
Art. 21: A los fines previstos en el art. 56 de la Ley 23.187, el Colegio Público de Abogados expedirá en cada caso un certificado al letrado designado, suscripto por el Jefe del Consultorio Jurídico Gratuito, quien registrará su firma en los Tribunales a ese solo efecto.
Art. 22: El Consejo Directivo comunicará el presente Reglamento a la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación y Cámaras de Apelaciones de los distintos fueros de esta Capital Federal, solicitando el dictado de acordadas que habiliten el procedimiento previsto por el art. 57 de la Ley 23.187 y el artículo 21 de este Reglamento. El letrado designado deberá tramitar ante el tribunal competente el beneficio de litigar sin gastos a los demás efectos legales, en los casos que fuera necesario.
TITULO VIII
Otras actividades del Consultorio.
Art. 23: Sin perjuicio de las descriptas anteriormente, el Consejo Directivo podrá encomendar al Consultorio el ejercicio de otras actividades judiciales que, por su organización, esté en condiciones de llevar a cabo y que, al mismo tiempo, resulten de utilidad para el entrenamiento de los abogados noveles. En cada uno de estos casos, el Consejo Directivo establecerá las condiciones en que se realizarán las funciones o misiones que encomiende.

Contacto
Uruguay 412, 2 piso
Tel: 4379-8700 interno 249
De 9 a 16 horas.

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